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Urbanismo pirata en Colombia

  • 2en1tallerarq
  • 6 feb 2020
  • 1 Min. de lectura

Esta modalidad desde la perspectiva de Manuel de Solá, se puede definir como una parcelación y edificación, carente de urbanización, pero dentro del marco legal colombiano, se le suma que si bien es ilegal su forma de edificación, bien sea por no cumplir las normas urbanísticas o por no ser considerado terreno urbanizable, si es legal la tenencia del suelo [1] donde los propietarios son legalmente dueños del lote que habitan, pero se sale del margen legal por ocuparlo de forma inadecuada.

Es importante tener la invasión como antecedente, porque en Colombia, a raíz de esta problemática, los dueños de grandes parcelas venderán lotes para ser edificables para evitar perder la propiedad por las invasiones ilegales. Deriva de esta modalidad, una construcción por parte de una entidad privada o por los propietarios, quienes con los lineamientos del lote edificaran construyendo poco a poco un barrio, que como se enuncio, carente de urbanismo, desde servicios públicos hasta infraestructura, los cuales sufrirán posteriores intervenciones para ser incluidos como áreas urbanas.

[1] Referencia- Carlos Torres Tovar


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